Ayuda con Cláusula Suelo Caja Granada-BMN

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Ayuda con Cláusula Suelo Caja Granada-BMN

neojuanlu
Hola amigos,


He estado leyendo mucha información en vuestros posts que me ha servido mucho y estoy preparando mi escrito para el banco pero me gustaría exponeros mi caso y que me ayudéis en lo que podáis o me digais como veis mi situación.

Firmé una hipoteca el 26 de marzo de 2002 por valor de 144.243 €. La oferta vinculante tenía una vigencia de 60 días y está firmada el 19 de marzo de 2002 con lo que eso está correcto. Pero evidentemente ni en las escrituras ni en la OV se hablaba nada de cláusulas suelo aunque sí aparecía la cláusula techo (14 %). El interés que pactamos fue el Euribor más el 1 %.

En 2007, firmamos una "novación" por la que gracias a contratar algunos productos me hacían una bonificación del tipo de interés del 0,5 % con lo que pasaba a pagar en lugar del Euribor + 1%, el Euribor + 1% pero con una bonificación del 0,5%, es decir, como si fuera el Euribor más el 0,5 %.
En esta modificación del interés fue cuando introdujeron la CLÁUSULA SUELO (del 4 %). Este acuerdo está firmado por nosotros el 25 de Junio de 2007 y por la Caja General de Ahorros de Granada (hoy ya BMN) SIN PASARSE POR EL NOTARIO.

Me gustaría que me comentaráis como véis el caso, qué posibilidades tengo y si tengo que incluir algo en el texto que me pueda ayudar.

Muchísimas gracias por el trabajo que hacéis,

Atentamente,

Juan Luis
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Re: Ayuda con Cláusula Suelo Caja Granada-BMN

Cláusula suelo
Administrador
Hola,

¿La oferta vinculante de la novación con que antelación te la dieron? ¿Con 3 días hábiles? ¿Queda claro el suelo en la oferta vinculante?

Saludos
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Re: Ayuda con Cláusula Suelo Caja Granada-BMN

neojuanlu
Hola,

Creo recordar que hicimos las gestiones por télefono (yo hablé con mi oficina para que me cambiaran el tipo de interés ya que en aquellos momentos el Euribor subía mucho) y luego cuando ya me confirmaron que me podían rebajar el 0,50 pues fui a la oficina, me presentaron los papeles y los firmamos.
En el "contrato" se dice: "Una vez revisado, el tipo de interés resultante en ningún caso podrá ser superior al 14 % nominal anual ni inferior al 4 % nominal anual".
Esa es toda la referencia que se hace a la "cláusula suelo".
Por otra parte, lo que también se dice es lo siguiente:
"Que, en atención a las buenas relaciones comerciales que mantiene el PRESTATARIO con la CAJA y a las CIRCUNSTANCIAS ACTUALES DEL MERCADO, ésta ha accedido a realizar una MODIFICACIÓN TEMPORAL, MIENTRAS SUBSISTAN LAS MISMAS CIRCUNSTANCIAS, del tipo de interés pactado en el contrato antes referido."

Muchas gracias de nuevo,

Atentamente,

Juan Luis