CARTA AL SAC

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CARTA AL SAC

Sara
Me gustaría me dijeran si esta bien esta carta que he escrito al SAC de mi oficina, aún esperando respuesta. Hace ahora un mes.


Servicio de atención al Cliente

Estimados Sres.:
        Soy XXXX, clienta de XXXX, y les remito la presente cómo parte deudora del contrato de Hipoteca, dividido en tres hipotecas : vivienda (XXX),  cochera (XXX) y trastero (XXXX) suscrito en fecha XX de MAYO de 2010, por importe de XXX euros, el importe del principal de los préstamos hipotecarios que gravan la vivienda ( euros), plaza del garaje (euros) y cuarto tratero  euros).

La presente carta tiene por objeto solicitar LA ANULACIÓN VOLUNTARIA DE LA CLAUSULA SUELO DE LA HIPOTECA POR FALTA DE TRANSPARENCIA  en su información previa, negociación y redacción. Y POR LA FALTA DE RECIPROCIDAD ENTRE SUELO Y TECHO.
La cláusula cuya nulidad solicito es la siguiente:
“ Límites a la variación del tipo de interés. Para el caso de revisión del tipo de interés, las partes acuerdan expresamente que el tipo nominal anual a aplicar no podrá ser inferior al 3'50% ni sobrepasar nunca el 9'50% nominal anual, cualquiera que fuere lo que resultase del mecanismo de revisión anteriormente expuesto”
Yo contraté con ustedes una hipoteca con subrrogacion al promotor “XXXX, S.A.”. a tipo de interés variable. Sin embargo ustedes introdujeron en la misma la cláusula anterior que impide beneficiarme del interés del EURIBOR cuando este baja, por lo que realmente es un préstamo a un interés fijo.
 Dicha cláusula se introdujo sin darme información suficiente sobre los escenarios que pudieran producirse, ni permitirme negociar la misma, ni darme alternativas a su inclusión. En la escritura se hizo una novación donde se cambió el tiempo de amortización en años. Sin embargo, no se me dió ninguna informació donde explicaba claramente los cambios y la implicación de la cláusula suelo como repercutiria mensualmente en las cuotas a pesar de la bajada del euribor.
La Sentencia de 9 de mayo de 2013 del Tribunal Supremo no solo ha anulado las cláusulas suelo de las hipotecas de BBVA, NOVA CAIXAGALICIA y CAJAMAR sino que ha fijado unos criterios de interpretación para todas las cláusulas que serán aplicables a todas las entidades, incluida la suya. En este sentido,también ha fijado, cómo motivo principal para declarar la nulidad, la falta de transparencia en las mismas por:
a)Por la creación de la apariencia de un contrato de préstamo a interés variable en el que las oscilaciones a la baja del índice de referencia repercuten en una disminución del precio del dinero.
b)Por faltar información suficientemente clara de que la cláusula suelo es un elemento definitorio del objeto principal del contrato.
c)Por la creación de la apariencia de que el suelo tiene como contraprestación la fijación de un techo.
d)Por la ubicación de la cláusula suelo entre una abrumadora cantidad de datos entre los que queda enmascarada y que diluye la atención del consumidor en el caso de las utilizadas por el BBVA.
e)Por la ausencia de simulaciones de escenarios diversos de comportamiento del tipo de interés en el momento de contratar, de forma que el consumidor no está informado del comportamiento previsible del índice de referencia a corto plazo.
f)Por la inexistencia de advertencia previa clara y comprensible sobre el coste comparativo con otros préstamos de la propia entidad.
El Auto aclaratorio de fecha 3 de junio de 2013, añadió que no es necesario que concurran todos los motivos anteriores para que se aprecie la falta de transparencia que hace estimar la cláusula cómo abusiva. Así, en mi caso, concurren varias circunstancias de las especificadas, si no todas.
Por estos motivos, mediante la presente les requiero formalmente a los fines de que dejen de aplicar la cláusula suelo de modo que la cuota siguiente de mi hipoteca no incluya los efectos de su aplicación y solamente el interés de referencia mas el diferencial pactado. El 1% para la vivienda, y euribor más 1'5% para trastero y cochera.

Atentamente, esperando respuesta pronto.



Gracias por revisarlo, cuando me contesten supongo que tendré que recurrir al Banco de España, ¿faltaria algo?
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Re: CARTA AL SAC

Cláusula suelo
Administrador
Buenas tardes,

No está mal la carta pero faltaría completarla un poco. ¿El banco estuvo presente en el otorgamiento? ¿Te entregaron oferta vinculante? A parte lo de "VOLUNTARIA" lo eliminaríamos.

Un saludo
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Re: CARTA AL SAC

Sara
Sí, el banco estuvo presente en el otorgamiento. Y no, no me dieron oferta vinculante. Ahora ya la he mandado, ¿la rectifico para reenviarla al Banco de España? ¿la vuelvo a enviar al SAC modificada?
gracias!!
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Re: CARTA AL SAC

Cláusula suelo
Administrador
Hola,

No, sí ya la has mandado ahora te toca esperar.

Un saludo y mucha suerte!
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Re: CARTA AL SAC

Sara
Hola de nuevo!!

¿Seria conveniente cuando escriba al Banco de España ponerlo en el apartado "resumen de la queja" donde se expone el motivo para que conste?
A ver si tenemos suerte!!
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Re: CARTA AL SAC

Cláusula suelo
Administrador
Sí, puedes incluirlo aunque el Banco d España ya suele tenerlo en cuenta.

Un saludo
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Re: CARTA AL SAC

Sara

Hola! Adjunto respuesta del SAC de mi oficina, como esperaba me han denegado la anulación. Me gustarÍa aclarar que cuando el director de la oficina quiso negociar el suelo, queria bajarlo en un punto con la clausula de no volver a reclamar nunca sobre la Hipoteca, a la cual cosa me negué. Y sigo manteniendo que NUNCA he tenido oferta vinculante, NUNCA.¿como pueden decirlo?!! A no ser que la firmara el mismo dia de la hipoteca con otra fecha...porque no me lo explico, yo no la tengo, eso segurisimo!!
¿Ahora escribo al banco de españa, verdad? ¿como lo veis?


Estimada clienta:

Me refiero a su reclamación de fecha 23/09/2013, recibido en este Servicio de Atención al Cliente de XXXX por medio del correo electrónico adjunto, sobre la anulación voluntaria de la cláusula suelo de la hipoteca por falta de transparencia, al que muy gustosamente correspondo.

De las consultas y averiguaciones efectuadas sobre el particular, cabe referirse a los siguientes antecedentes y razonamientos, en relación con los préstamos a que se refiere su escrito de reclamación:

PRIMERO.- Consta en los archivos deXXXX, tres documentos de solicitud de préstamo hipotecario de fechas 19/04/2010 y 04/05/2010, firmados por usted, en el que se indica en el apartado de “características de la operación y tipos”, media euribor (1 año segundo mes anterior); (mínimo 3,5 – máximo 9,5).

SEGUNDO.- Nos informa el director de su Oficina en XXXXt XXXXXXt, que se le entregó documento de oferta vinculante sobre préstamos hipotecarios sujeta a la Orden del Ministerio de la Presidencia de 5 de mayo de 1994, en la que se especifican las cláusulas financieras. Figura en la cláusula “TERCERA.- INTERESES ORDINARIOS”, un párrafo con la indicación de “LIMITES A LA VARIACION DEL TIPO DE INTERES”, y el siguiente texto: “Para el caso de revisión del tipo de interés, las partes acuerdan expresamente que el tipo nominal anual a aplicar no podrá ser inferior al 3,50 % ni sobrepasar nunca el 9,50 % nominal anual, cualquiera que fuere lo que resultase del mecanismo de revisión anteriormente expuesto” (se resalta en negrita los límites inferior y superior). Además en el último párrafo del documento de oferta vinculante se advierte que “se mantendrá durante quince días naturales contados a partir del día de hoy. En el caso de que sea aceptada, tendrá derecho la parte prestataria a examinar el proyecto de documento contractual en el despacho del Notario, al menos durante los tres días hábiles anteriores a su otorgamiento.

TERCERO.- Figura en los archivos de esta entidad primera copia de tres escrituras de compraventa con subrogación de hipoteca, firmadas por usted el día 11/05/2010, ante el Notario de XXXXXXX, en la que figura dentro de la estipulación SÉPTIMO. MODIFICACIÓN DE PRÉSTAMO HIPOTECARIO, el mismo texto que se ha reproducido en el párrafo anterior.

CUARTO.- Nos informa el director de su Oficina enXXXXXXXXXXt, que ha contactado con usted para negociar la revisión de los límites a la variación de los tipos de interés de su préstamo hipotecario.

QUINTO.-  La sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013 concluye que las cláusulas de límites a la variación de los tipos de interés son intrínsecamente lícitas, pero pueden ser abusivas si carecen de la transparencia exigida.

Por todo lo expuesto, RESUELVO el archivo de su reclamación sin más trámites, no observando en base a los datos objetivos reflejados en la presente, quebrantamiento de normas o mala práctica bancaria, ya que la entidad ha respetado escrupulosamente las normas sobre transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios a través de su aceptación de las condiciones del préstamo, mediante la firma por usted de la solicitud, la entrega del documento de oferta vinculante con anterioridad a la firma de la escritura en Notaría, y finalmente con la firma de la escritura del préstamo en Notaría, en los que se le informó de la existencia de la estipulación de límites a la variación del tipo de interés.

En cumplimiento de la normativa básica al respecto de protección a la clientela, y en caso de disconformidad con la resolución de este Servicio de Atención XXXXXX, podrán dirigirse a:

§  El  Servicio de Reclamaciones del Banco de España – Alcalá, 50 – 28014 Madrid. En la página web www., en el apartado Atención a Clientes podrá encontrar el formulario para presentar su reclamación.

Para lo cual deberán acompañar la documentación justificativa de la tramitación de su reclamación ante este Servicio de Atención al Cliente dXXXt.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

__________________________
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Re: CARTA AL SAC

Cláusula suelo
Administrador
Hola,

Sí, reclama sin duda al Banco de España! Si no firmaste la OV en banco no podrá acreditarla ante el Banco de España.

Un saludo