Buenas tardes, me dirijo a vosotros porque he leído en el foro que puedo reclamar mi clausula, después de que el banco me ha contestado de palabra que no me quitan la clausula suelo por que según ellos esta bien.Presente la documentación a la Entidad Financiera "La Caixa-Caixabank. Departamento de Atención al Cliente.Tengo en el contrato de suelo-techo, un interés remuneratorio mínimo del 4,95% fijo para mi y un máximo del 14%. variable para el banco en dos contratos, uno de 140,000€ y el otro de 29,500€.Cuando me llamo el director para explicarme lo que le dio la gana, me propuso un contrato paralelo por un año, a lo que le conteste que si pero que había que partir el 4,95% en dos. Un mes y si no voy a preguntar que es lo que pasa con el contrato, estoy esperando todavía, me contesta que el banco ha rechazado la propuesta, pero que podrían ofrecerme un 3,50%.
Les he pedido un 3,00% hace mas de un mes y no contestan, es por lo que los voy a demandar pero quiero primero que me orienten ustedes los pazos a seguir.¿Si me ofrece un contrato paralelo el banco a que es debido?. En ningún momento fuimos informados de la importancia de esta clausula y de sus consecuencias. La fecha del contrato se firmo el 09-02-2009, fecha en la que el valor del Euribor su tipo de referencia era del 2,10%. Es decir se estableció por parte del banco un suelo que, antes de comenzar a amortizarse la hipoteca, ya estaba muy por encina de los valores del tipo de interés aplicable, en ese momento. La Oferta Vinculante la tienen ellos, adscrita a la escritura, yo lo que tengo es una nota simple de la misma, después de lo que me costo la Notaría. no los aguanto mas. Juan José. |
Administrador
|
Buenos días,
Si te ofrecen una rebaja al 3,5% es porque prefieren llegar a aun acuerdo obviamente. Si no te convence lo que te ofrecen puedes seguir reclamando, primero al Defensor del Cliente y luego si hiciese falta al Banco de España. Un saludo |
Ola Soy Juan J, en el archivo adjunto es la res puesta del banco de España según la documentación que les mande. Hay cosas que no entiendo Podrían explicármelas.
|
Administrador
|
Hola,
No has puesto el adjunto pero si nos dices que frases no entiendes escríbelas en el foro y te lo explicamos sin problema. Un saludo |
La respuesta del banco de España, se admite a tramite su reclamación y se procede a remitir a la entidad reclamada toda la documentación presentada para que alegue lo que considere oportuno. El expediente de reclamación deberá finalizar con un informe que no tiene carácter vinculante para las partes, ni puede ser recurrido una vez haya sido emitido. Cuando concluya el expediente se remitirá a los interesados el informe correspondiente (conforme a la normativa que regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones).La Entidad reclamada le remitirá, en su momento oportuno, copia de las alegaciones que formule anta el Banco de España, pudiéndose Vd. pronunciar, de considerarlo conveniente, sobre las misma en el plazo de quince días hábiles mediante escrito dirigido al Banco de España. Por otra parte, de conformidad con lo establecido en la Orden citada, la informamos que su tramitación se entiende sin perjuicio de las acciones que le asisten para hacer valer sus derechos y de los plazos y causes para su ejercicio, así como que la misma no paraliza la resolución y tramitación de los correspondientes procedimientos y que su terminación en el informe final no tiene carácter vinculante, ni la consideración de acto administrativo recurrible.
Finalmente, le comunicamos que los datos contenidos en su escrito de reclamación van hacer almacenados en un fichero automatizado, al objeto de gestionar su tramitación, siendo destinatarias del mismo la entidad o entidades supervisadas por el Banco de España implicadas en la operación, y los Organismos competentes en la materia, en su caso limitándose en esta cesión a la finalidad que la justifica. A por ellos. |
Administrador
|
Hola,
Eso no es la respuesta final del Banco de España sinó la admisión a trámite de la reclamación. ¿Qué duda tienes al respecto? Un saludo |
¿Esto es bueno que lo admiten a tramite?Me dice el escrito que el expediente de reclamación deberá finalizar con un informe que no tiene carácter vinculante para las partes ni puede ser recurrido una vez haya sido emitido. No se lo que quiere decir. Pudre denunciar después judicialmente.
Un salido |
Administrador
|
No es ni bueno ni malo simplemente que la admiten para examinarla.
Sobre el informe final quiere decir que puede que el Banco de España te dé la razón y tu banco no lo cumpla ya que este tipo de informes no son de obligado cumplimiento por el banco. En cualquier caso podrás demandar judicialmente sea favorable o no pero obviamente si te es favorable tendrás más posibilidades. Un saludo |
Free forum by Nabble | Edit this page |