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Tengo un contrato hipotecario, con clásula suelo y techo en el que el punto porcentual, lo tengo establecido en un 2, me han comentado que lo general el punto porcentual, oscila entre el 0.50 y el 1.5, ¿ Que podeis decirme al respecto? ¿ Debería de incluir en la reclamación también la bajada de ese punto porcentual?
GRacias
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