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Hola a todos,
Tengo un préstamo hipotecario del año 2004 con el Banco Guipuzcoano que fue comprado por el Sabadell. En la escritura del préstamo hipotecario tengo un apartado donde indica que tengo un clausula suelo del 3% y un techo del 15%.
No tengo ningún otro documento. Existe la posibilidad de poder cancelar este suelo.
El contenido del apartado de la escritura es el siguiente:
"De no publicarse tampoco por la Autoridad monetaria - o de eliminarse - este índice o tipo alternativo de la media de los préstamos hipotecarios a más de tres años del conjunto de entidades de crédito, quedará el mismo sustituido por el interés legal en cada momento en vigor, incrementado igualmente en el diferencial de aplicación.
No obstantes lo anterior, ambas partes acuerdan que una vez transcurrido el periodo inicial de intereses el interés a aplicar en la presente operación no podrá ser nunca inferior al 3,00 por ciento anual nominal ni superior al 15,00 por ciento nominal anual, de tal forma que si del calculo del tipo de interés a aplicar en cada periodo de revisión, según lo previsto en los párrafos anteriores, resultara un interés inferior al 3,00 por ciento o superior al 15,00 por ciento, se aplicarán estos últimos tipos según correspondan"
Luego en otra página de la escritura hipotecaria pone:
"Se hace constar expresamente que el tipo de interés a aplicar en base a lo previsto en la presenta clausula o sustitutivo, no podrá en ningún caso resultar - en perjuicio de tercero hipotecario - inferior al 3,00 por ciento ni superior al 15,00 por ciento anual."
Muchas gracias de antemano.
Saludos
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