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Hola, buenas tardes, me dirijo a ustedes, para solventar una duda, la OM del 94, habla de la oferta vinculante, como paso previo obligacional para las entidades financieras, pero ¿entran en el ámbito de aplicación, las compraventas con subrogación, y en cuya escritura existe una modificación de préstamo, relativo a las cargas?Esa modificación de préstamo no fue pactada previamente por oferta vinculante ni documento análogo. ¿Podemos demandar por el incumplimiento de la OM relativo a esas modificaciones? El banco de España en su memoria de reclamaciones indica de que estas modificaciones deben ser pactadas con anterioridad a la firma de escritura pública.
Es cierto? que opina del tema.
Sin más esperando su contestación, reciba un cordial saludo.
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