Buenas noches, agradecería vuestra ayuda. Mi caso es el siguiente:
El 08/01/2007 hice una extinción de condominio y subrogación de hipoteca. Unicamente le solicité al banco la ampliación del préstamo en dinero y plazo y el cambio de titularidad a mi nombre (antes de la extinción de condominio éramos dos los titulares). Ampliación 42.706€. Importe total préstamo 107.782€ En la novación y ampliación del préstamo (firmada el 08/01/2007), el BBVA modificó las condiciones que tenía anteriormente por otras totalmente desfavorables como cláusula de suelo del 2.25% y techo del 15% (interés de demora 19%, entre otras) sin ser consciente de los riesgos que implica dicha cláusula y sin capacidad de negociación por mi parte ya que el banco impuso estas condiciones desfavorables. Me dieron una oferta vinculante en la novación y ampliación del préstamo, sin firmar por ambas partes (no sé si ellos tienen la suya con mi firma) en la que consta la clausula de suelo y techo de esta manera: ”En todo caso, aunque el valor del índice de referencia que resulte de la aplicación sea inferior al 2’250%, este valor, adicionado con los puntos porcentuales expresados anteriormente para cada supuesto, determinará el “tipo de interés vigente” en el “periodo de interés”. Igualmente el tipo aplicable al devengo de intereses ordinarios no podrá ser, en ningún caso, superior al 15,000% nominal anual.” De la misma manera aparece en la escritura de novación y ampliación. En la validez de la oferta vinculante pone que “esta oferta será válida hasta el 31/12/2006, dentro de cuyo plazo deberá formalizarse la correspondiente escritura. El proyecto de documento contractual podrá ser examinado por el solicitante en el despacho del Notario de esta ciudad que autorice la escritura y que salvo otra indicación del cliente … a 31/12/2006”. El 31/12/2006 fue domingo, ese día no me pudieron dar la oferta vinculante. Mi revisión es cada 6 meses (Euribor +0.70% diferencial) pero con esta cláusula llevo años pagando el 2.25% de suelo +0.70 diferencial. El 22/04/2013 entregué en BBVA la carta tipo entidades condenadas de Ausbanc, me dijeron que la remitían al servicio de atención al cliente y que el plazo es de 60 díasa. Todavía no me han contestado. Por favor, necesito que me asesoréis, ¿me afecta la sentencia del Tribunal Supremo del 09/05/2013?, ¿qué posibilidades tengo de que me quiten la cláusula de suelo?, no sé detectar las irregularidades que decís en la oferta vinculante (por eso la parrafada escrita) Muchas gracias por vuestra ayuda, esperando contestación. Un saludo. |
Administrador
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Buenas noches,
Sobre si a ti te afecta la sentencia del Supremo, nuestra interpretación es que sí. De hecho parece que el BBVA va a eliminar todas las cláusulas suelo de viviendas. Sin embargo aún no está 100% claro el criterio que va a seguir el Banco para eliminarlas. Dado que ya presentaste una reclamación tendrás que esperar a la resolución pero todo indica que te la eliminarán. Saludos |
¿Con la sentencia del Tribunal Supremo del 09/05/2013 se eliminan únicamente si no son transparentes?
Lo que me preocupa es que tengo la oferta vinculante y el banco puede decir con esto que hay transparencia si es el criterio que siguen Muchas gracias! |
Administrador
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Hola,
Se eliminan en base a la tranparencia pero no sólo se limita a la oferta vinculante sinó en base a criterios más amplios (citamos abajo la sentencia): 225. En definitiva, las cláusulas analizadas, no son transparentes ya que: a) Falta información suficientemente clara de que se trata de un elemento definitorio del objeto principal del contrato. b) Se insertan de forma conjunta con las cláusulas techo y como aparente contraprestación de las mismas. c) No existen simulaciones de escenarios diversos relacionados con el comportamiento razonablemente previsible del tipo de interés en el momento de contratar. d) No hay información previa clara y comprensible sobre el coste comparativo con otras modalidades de préstamo de la propia entidad –caso de existir- o advertencia de que al concreto perfil de cliente no se le ofertan las mismas. e) En el caso de las utilizadas por el BBVA, se ubican entre una abrumadora cantidad de datos entre los que quedan enmascaradas y que diluyen la atención del consumidor. Por lo tanto, la casi totalidad de las hipotecas del BBVA deben ser eliminadas porque es obvio que cumplen estos criterios (aunque te dieran la oferta vinculante) Saludos |
Gracias por la información y por la labor tan importante que estáis haciendo. Un saludo.
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Administrador
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Intentamos ayudar lo máximo posible para luchar contra estás cláusulas totalmente injustas tanto porque no fueron explicadas correctamente como por que son abusivas en la mayoría de casos.
Saludos |
Buenas noches.
Por favor, a ver si me podéis contestar a esta duda: La carta que entregué el 22/04/2013 es la carta tipo entidades condenadas de Ausbanc. La misma que tenéis vosotros como Cartas tipo preparadas por Ausbanc a raíz de la sentencia del Tribunal Supremo. Para las entidades demandadas (BBVA, Cajamar y Caixa Galicia): Carta reclamando eliminar cláusula suelo bancos demandados Después, con la sentencia del 09/05/2013, ¿me convendría entregar una segunda carta haciendo hincapié en lo que cita la sentencia en el punto “225. En definitiva, las cláusulas analizadas, no son transparentes ya que: a) Falta información suficientemente clara de que se trata de un elemento definitorio del objeto principal del contrato. b) Se insertan de forma conjunta con las cláusulas techo y como aparente contraprestación de las mismas. c) No existen simulaciones de escenarios diversos relacionados con el comportamiento razonablemente previsible del tipo de interés en el momento de contratar. d) No hay información previa clara y comprensible sobre el coste comparativo con otras modalidades de préstamo de la propia entidad –caso de existir- o advertencia de que al concreto perfil de cliente no se le ofertan las mismas. e) En el caso de las utilizadas por el BBVA, se ubican entre una abrumadora cantidad de datos entre los que quedan enmascaradas y que diluyen la atención del consumidor “ Para hacer más fuerza por el contenido del punto 225, porque no sé si la carta que entregué lo contempla o es suficiente y seguir esperando la respuesta del BBVA. ¿Cuál es vuestro consejo? Muchas gracias. |
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