Exito en reclamación teniendo oferta vinculante correcta + folleto informativo

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Exito en reclamación teniendo oferta vinculante correcta + folleto informativo

luis119
Hola lo primero agradecer vuestra ayuda y labor en aras de defender nuestro derechos ante las entidad bancarias.
-Poseo hipoteca con Banco Popular (Banco Andalucía en su día) firmada el 10 de julio de 2007, de cuantía 74000€ y por 30 años y bajo las condiciones "familiar de empleados del grupo".
-Tengo firmada oferta vinculante con fecha 02 de julio 2007, y en ella se hace mención con la denominación “Acotación mínima”, a la existencia de la famosa cláusula suelo en una cantidad del 2,500%, si bien no aparece por ningún lado "clausula techo" alguna.
- Poseo también folleto informativo, donde aparece bajo la misma denominación “Acotación mínima” la cantidad de 2,500%
- En el articulado de la escritura y en negrita aparece: "que el tipo de interés nominal anual será 2,500% (2,500 resaltado en negrita).
- En el articulado de la escritura, en el apartado "Clausulas Financieras" (y no en el apartado "Hipoteca") aparecen el siguiente texto "A efectos meramente hipotecarios, tanto frente a las partes como frente a terceros el tipo máximo de interés a aplicar será 9,125% anual" (en negrita 9,125%).
Dicho ello:
1) Ese 9,125% es mi clausula techo?? o no como he leido en otros post? (sobre todo por la coletilla frente a las partes y por esta dentro del apartado "Clausulas financieras" y no en "hipoteca" es lo que me ponen en duda si dicho 9,125% es o no mi clausula techo)
2) Aun teniendo folleto y oferta vinculante firmada correctamente (aunque en esta ultima no aparezca el techo) ¿existe posibilidad de éxito en reclamación de anulación de clausula suelo así como de devolución de cantidades cobradas de mas por aplicación de la misma?
En general y por lo que leo por ahí mi caso digamos que el banco lleva las de ganar dado que casi todos los aspectos para declaran nula la clausula suelo, los tiene cubiertos, es por ello que lanzo mi duda aquí, sabiendo que las ciencias jurídicas no son ciencias exactas, si existen razones reales de éxito en la reclamación o me tendré que "aguantar" con lo que firmé en su día.
Mil gracias de antemano por su ayuda y atención :-)
V&M
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Re: Exito en reclamación teniendo oferta vinculante correcta + folleto informativo

V&M
Si el folleto informativo está firmado y la oferta vinculante también, las posibilidades de ganar disminuyen. En todo caso, nuestro despacho ha ganado varios procedimientos con oferta vinculante firmada. En estos casos hay que centrarse en las otras causas por las que el TS declaró nulas las cláusulas suelo. Especialmente relevante suele ser el hecho si el notario dejó constancia en la Escritura (normalmente en las últimas páginas) de que existían límites a la variación del tipo de interés, pues los OM de 5 de mayo le obligaba a ello.
ABOGADOS
vym@vicenteymatanza.com
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Re: Exito en reclamación teniendo oferta vinculante correcta + folleto informativo

luis119
Muchas gracias por su respuesta.

El folleto informativo no esta firmado por nadie solo obra en mi poder.
En el final de las escrituras aparece la siguiente mención al fina en un anexo:
""Anexo I a la escritura
A efectos meramente informativos los representantes del bacno hacen constar:
a) que la suma de intereses, comisiones y gastos repercutibles es equivalente a un tipo de interes efectivo anual postpagable del 5,205% que se corresponde con el coste efectivo de la presente operación considerando para el primer periodo de interes el tipo fijo pactado y para los restantes el tipo resultante de añadir el diferencial pactado al tipo de referencia vigente quince dias naturales anterior a la fecha de formalizacion.
Se excluye de este calculo los impuestos, gastos notariales, primas de seguro y/o garantías, gastos por transferencia de fondos y gastos suplidos a cargo del cliente.
b) Que se ha observado lo dispuesto en la Circular del Banco de España 8/1990 de 7 de diciembre , publicada en BOE de fecha 20 de septiembre de 1990, modificada por circular 13/93 del Banco de España, de 21 de diciembre (BOE 31.12.93) y por la Circular 5/94 del Banco de España, de 22 de julio (BOE 3-8-94), efectuándose el calculo anterior mediante la aplicación de  la formula contenida en el anexo V de la circular 8/1990"""

La hipoteca fue firmada el 10 de julio de 2007
Agradezco de nuevo su ayuda