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No sé si me podréis ayudar ya que mi consulta no es sobre una clausula suelo.
Tengo una hipoteca que se regía por el IRPH y al desaparecer este, mi hipoteca especifica el CECA como índice sustitutivo y añade:
La interrupción a su vez, durante un lapso de tiempo superior a dos meses de la publicación del Indice de Referencia Sustitutivo, implicará la perduración de la aplicabilidad al crédito del último tipo de interés nominal anual que haya sido posible calcular.
El CECA también ha desaparecido y en el banco me dicen que, en este caso, se aplicará el último tipo de interés que haya podido calcularse con IRPH, durante el resto de la vida de la hipoteca.
Al leer mi escritura no me ha quedado claro que se me fuera a aplicar el último tipo de interés que haya podido calcularse con IRPH. Este tipo de interés va a ser fijo para el resto del periodo de la hipoteca?
Que podría hacer para cambiar a EURBIOR? Sería viable económicamente?
Muchas gracias!!!
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