Incumplimiento de clausula por parte del Prestatario

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Incumplimiento de clausula por parte del Prestatario

Jose Antonio
Hola, tras entregar en el SAC, la carta de reclamacion, y de recibir la primera constestacion, que viene a decir que han recibido la mia y que todo esta superguay, y legal segun el B. España, me he dado cuenta de que no he abonado la prima del seguro de vida mio y de mi sra. Unos 800 Eurillos anuales.

Podrian resolver la hipoteca y por tanto pedrime el pago del total pendiente?.

Fecha hipo 5/2/2007

Importe 145.000€

Oferta Vinculante.- NO

Pago actualmente 737.40€

Tipo de interes variable.- En ningun caso el tipo de interes aplicable al prestatario sera inferior al 3.50 por ciento nominal anual.

Es el parrafo que hay en la clausula TERCERA BIS, de mi escritura.

Y al final (dos paginas y media despues ) hay otro que dice que el maximo sera el 10%.

Gracias.
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Re: Incumplimiento de clausula por parte del Prestatario

Cláusula suelo
Administrador
Hola,

Por no abonar el seguro de vida no te resolverán la hipoteca. De hecho el seguro de vida no es obligatorio aunque muchas veces se rebaja el tipo de interés en base a su contratación.

Saludos