No tengo oferta vinculante

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No tengo oferta vinculante

Anabel Sánchez
buenos días,
Tengo una hipoteca con el bbva (subrrogación a la hipoteca del promotor y novación). Con clausula de suelo de 2,25% y de techo del 12%. Del año 2006.
No tengo oferta vinculante y he redactado siguiendo vuestras indicaciones esta carta para la reclamación.
¿esta bien redactada? ¿tengo posibilidades de que me quiten la clausula del suelo?

Gracias de Antemano,
Anabel Sánchez



Estimados Sres. del Departamento de Atención al Cliente, me dirijo a Vds., por este medio que espero sea el adecuado para que si en su derecho proceda, conozca y resuelva la siguiente reclamación, al amparo de lo estipulado en la Orden ECO/734/2004 de 11 de Marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente de las entidades financieras (publicada en el Boletín Oficial del Estado de Marzo de 2004), por tal motivo:
Por la presente, XXXXXXXXXXXXX con  DNI: XXXXXXXX, con domicilio en XXXXXXXX  como titular del Préstamo Hipotecario XXXXXXXX tramitado en su oficina XXX, de Sevilla

Expongo:

PRIMERO
Este banco, BBVA, ha sido condenado por el Tribunal Supremo, en sentencia publicada el 9 de Mayo de 2013, a eliminar las cláusulas suelo por falta de transparencia por los siguientes puntos, que concurren en mi hipoteca, cito textualmente la sentencia:

225. En definitiva, las cláusulas analizadas, no son transparentes ya que:
a) Falta información suficientemente clara de que se trata de un elemento definitorio del objeto principal del contrato.
b) Se insertan de forma conjunta con las cláusulas techo y como aparente contraprestación de las mismas.
c) No existen simulaciones de escenarios diversos relacionados con el comportamiento razonablemente previsible del tipo de interés en el momento de contratar.
d) No hay información previa clara y comprensible sobre el coste comparativo con otras modalidades de préstamo de la propia entidad –caso de existir- o advertencia de que al concreto perfil de cliente no se le ofertan las mismas.
e) En el caso de las utilizadas por el BBVA, se ubican entre una abrumadora cantidad de datos entre los que quedan enmascaradas y que diluyen la atención del consumidor.



POR TODO LO EXPUESTO, Y ESPECIALMENTE POR:

• Que su Banco BBVA decidió incorporar esta cláusula de límite mínimo de tipo de interés en mi contrato de préstamo citado anteriormente.
• El Tribunal Supremo ha condenado a este Banco, BBVA, a eliminar las cláusulas suelo por falta de transparencia en la sentencia del 9 de Mayo de 2013.


LES REQUIERO:

PRIMERO- La inmediata inaplicación de la cláusula de limitación mínima de la variación del tipo de interés de mi contrato de préstamo/crédito (cláusula suelo), al objeto de que la próxima cuota a satisfacer se calcule conforme al índice de referencia pactado, vigente a la fecha pactada.

SEGUNDO- El recálculo de las cuotas satisfechas en el préstamo, desde la fecha de la primera revisión hasta la última cuota abonada, aplicando el tipo de interés de referencia pactado en cada momento y el diferencial pactado. Acto seguido, procedan a abonar en mi cuenta (la misma en la que está domiciliado el abono del préstamo) el importe resultante de la diferencia entre la cantidad abonada por mí conforme a esa cláusula de límite mínimo de tipo de interés y la que realmente hubiera debido abonar sin esa barrera.
TERCERO-Solicito que dicha modificación se instrumentalice en un contrato privado, posibilidad recogida legalmente en el artículo 1.225 del Código Civil, al objeto de evitar gastos.
SEXTO-Si pasados 30 días desde la recepción de la presente no obtengo respuesta en contrario por escrito suficientemente razonada, se entenderá que han aceptado las propuestas, lo que deberá reflejarse en el importe de la próxima cuota, y la devolución de las cantidades indebidamente cobradas que deberán hacerse efectivas sin demora en mi cuenta.
En caso de denegarme la legítima petición que formulo a través del presente escrito, me reservo expresamente el ejercicio de las acciones extrajudiciales o judiciales que me correspondan, bien individualmente bien a través de las acciones colectivas que en su caso se ejerciten, y que conllevarán además la solicitud de una indemnización por los daños y perjuicios causados.
LES RECORDAMOS que como recoge en su artículo nº1 ,el reglamento para el defensor del cliente de BBVA en España: “Todas las entidades, sucursales y centros operativos del Grupo BBVA que prestan servicio al cliente han de esforzarse en atender con amabilidad y prontitud sus reclamaciones y quejas, resolviéndolas favorablemente siempre que sean fundadas y puedan hacerlo dentro de su ámbito de competencia, adoptando las medidas que eviten su repetición en el futuro y esforzándose  en  proporcionar  el  servicio  que  el  cliente  espera  de  un  grupo financiero como BBVA. Y de momento no me siento tratado como un cliente se merece. Sin otro particular, y a la espera de una respuesta por su parte que confío sea favorable a las pretensiones formuladas en aras a resolver este contencioso por la vía amistosa, sin acudir a otras vías, reciba un cordial saludo.

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Re: No tengo oferta vinculante

Cláusula suelo
Administrador
Hola,

Si no tienes oferta vinculante y era  obligatoria en tu caso (si el importe es menor o igual a 150.000) te recomendamos que cites el incumpliento de la Orden Ministerial de Mayo de 1994 pues refuerza la falta de transparencia (a parte de la sentencia mencionada)

Saludos