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Hola,
Mi caso es el siguiente. En febrero de 2009 compré mi actual vivienda y firmé una ampliación y novación modificativa del préstamo hipotecario que la misma entidad había otorgado a los antiguos propietarios. En la novación que firmé se modificaban los tipos de interés aplicables y se establecía un suelo de 3,50% y un techo de 9,114% pero no tuve noticia de ello hasta el mismo momento de la firma ante notario, cuando se procedió a la lectura del contrato. Entonces pregunté al director de la sucursal que significaba aquello y me (el muy "vivo") me contestó que aquello lo podriamos modificar con posterioridad si fuera necesario. Por supuesto, cuando su hizo necesario, 6 meses más tarde, fue imposible.
El banco llegó a aceptar una rebaja temporal al 2,75€ que solo duró un año. Ahora reclamo la eliminación de la claúsula y el servicio de atención al cliente me responde que "con anterioridad a la firma de la operación se le ofreció información sobre las condiciones del préstamo y, en particular, sobre la existencia de la acotación mínima del tipo de interés objeto de esta incidencia –siendo valoradas y aceptadas por usted–, para adoptar su libre decisión de contratar el préstamo con nuestra Entidad.", lo cual es simplemente mentira. He vuelto a preguntar al servivio de atención en qué momento y de que forma se meinformó y acepté yoaquella cláusula.
Querría saber si debo esperar a que me contesten, si debo solicitar por escrito copia de la oferta vinculante que no existe o si por el contrario puedo dirigirme ya directamente al Banco de España para reclamar. Se puede, así mismo, reclamar al mismo tiempo al Banco de España y al Defensor del Cliente o es mejor no hacerlo de manera simultánea?
Muchísimas gracias por vuestra ayuda. Un saludo.
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