Buenas tardes,
Tengo una hipoteca por importe de 129000 € que firmé el 27 de enero de 2005 con Caja Badajoz (integrada desde hace poco tiempo en el grupo Caja 3) y en la que mi pareja figura también como titular al 50%. El suelo de la hipoteca es un 3,5% y el techo es un 12%. No nos entregaron oferta vinculante y la que aparece incluida en el préstamo sólo está firmada por el banco, además tiene fecha del 25 de enero de 2005, sólo 20 días antes a la fecha de la firma, y no 3 (mínimo que establece la legislación) Posteriormente el 24 de abril del 2007 firmamos un préstamos para la compra de una cochera por importe de 25,000 a 20 años. El suelo de la hipoteca es un 5% y el techo es un 12%. En este caso no nos entregaron oferta vinculante de nuevo, ni incluyeron una que sólo estuviera firmada por el banco. Llevo 1 año y medio reclamando: Con fecha 28 de junio de 2013, formulé reclamación al Departamento de Atención al Cliente de mi oficina, que hasta la fecha no han respondido (tengo copia sellada de la misma), a pesar de incumplir el propio reglamento interno de dicha entidad. Ante este hecho, volví a reclamar por escrito el 21 de agosto de 2014 al Servicio de Atención al Cliente de Ibercaja, cuya respuesta recibida el 28 de agosto de 2014 fue dicho servicio “tiene limitadas sus atribuciones a determinados supuestos, por lo que todo lo que suponga una modificación de las condiciones pactadas, se enmarca en la política comercial y financiera de la Entidad y por tanto su valoración excede de las competencias de este Servicio. Por ello, al tratarse de una cuestión relativa a los pactos y condiciones de los contratos , trasladamos su reclamación a su oficina habitual que se pondrá en contacto con usted para intentar resolver su queja”. El 22 de septiembre de 2014, se puso en contacto conmigo el director del banco para negociar, nada por escrito, todo verbal. Empezó bajándome al 2,75, después ante mi negativa al 2,25 si me “implicaba” más con la entidad. Mi respuesta fue remitida mediante un Burofax el 29/10/2014, donde le reiteraba que no aceptaba dicha oferta y lo que volvía a reiterar y solicitar era la inaplicación de la cláusula y el recalculo y devolución de lo pagado desde la firma de mis préstamos. Con fecha 21 de noviembre de 2014 recibí la respuesta al Burofax remitido por el Atención al Cliente, que esta vez no tenía limitadas las atribuciones para ello, en la que estiman mi pretensión de quietarme las cláusulas suelo, pero nada más. Me volvió a llamar el director para decirme lo mismo, pero le dije que si la firma de ese contrato de novación implicaba rechazar futuras reclamaciones de lo pagado por la cláusula no estaba dispuesta. Voy a mandar mi respuesta por Burofax de nuevo, pero no se si pedir la retroactividad desde la firma de los préstamos o sólo de la primera reclamación formal (28 de junio de 2013). Como lo ven? Gracias saludos |
Administrador
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Buenas tardes,
Extrajudicialmente en el caso de tu banco te será complicado seguramente anularla. Respecto a la retroactividad por esa vía no te van a devolver nada seguro. En casos como el tuyo lo mejor es la demanda´pues es lo más efectivo. De todas maneras si quieres enviar mientras un Burofax no pierdes nada. Un saludo |
En principio, según la Resolución del Servicio de Atención al Cliente y después reafirmado verbalmente por el director de la Caja, si renunciaba a demandas posteriores y firmaba el contrato privado me quitaban las cláusulas de ambos préstamos para siempre, no por un período determinado, pero no la retroactividad que es lo que yo demando.
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