Buenas. Estos son los datos de mi hipoteca:
Banco ActivoBank Año 2006 Importe 170.000 (banco no obligado a Oferta Vinculante) Suelo 2.25% Techo 11% Diferencial 0.34% El año pasado pedí la eliminación de la clausula y me dijeron que reclamase al defensor del cliente. Así lo hice, amparándome en la desproporción entre el suelo y techo, en la sentencia del tribunal de Sevilla...este es el texto: "Buenas tardes. Adjunto reclamación solicitando la eliminación de mi clausula tunes, tal y como me indica su compañero de SSCC. Se que en las actuales condiciones se están ofreciendo diferenciales mucho mayores y que difícilmente encontraría otra entidad que mejorase nuestras condiciones. Por otra parte deben entender ustedes que el euribor sigue bajando, y llevo más de 2 años pagando el 2.25 % (suelo) cuando si no lo tuviese estaría pagando bastante menos. Es cierto que tengo al igual que tengo suelo, tengo techo, del 11%, y que si el euribor lo rebasase pagaría sólo el 11%, pero ésto, tanto ustedes como yo, sabemos que es prácticamente imposible e inasumible (letra de casi 1400 €). A este respecto, indicarles que la mencionada cláusula, coloquialmente conocida como “cláusula suelo”, comporta un desequilibrio contractual importante que desvirtúa la esencia misma del contrato de préstamo a interés variable suscrito, que no es otra que el tipo de interés varíe en función de las fluctuaciones del mercado conforme al índice pactado. Con la incorporación de esta cláusula a mi contrato, la variabilidad del tipo de interés pretendida desaparece para convertir al préstamo en la práctica en una operación a interés fijo y que, en todo caso, se utiliza para lograr un incremento artificial del tipo de interés ante las tendencias bajistas del mercado hipotecario, en perjuicio de mis intereses como consumidor y correlativa ganancia de esa entidad como prestamista. Estas meras consideraciones, convierten la citada cláusula en abusiva por aplicación del artículo 82 y siguientes del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, y por tanto ha de ser sancionada con la NULIDAD DE PLENO DERECHO y tenerse por no puesta en el contrato. Es importante en este sentido la reciente Sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Sevilla, de 30 de septiembre de 2010 y el 11 de febrero 2011 que declara nulas las cláusulas de suelo precisamente por entender que no hay una prudencial o razonable relación de equivalencia o semejanza, legalmente exigible, entre la limitación al alza (cláusula de techo) y a la baja (cláusula de suelo), de la variación de los tipos de interés. En mi caso el limite inferior es de 2.25 % , y el superior de 11 %, con lo que, a simple vista, se advierte que la desproporción es notoria, señaladamente por el lado de la subida o techo, en relación al suelo. Estoy dispuesto a escuchar que oferta pueden hacerme para reducir o incluso quitar el suelo, como por ejemplo abrir un depósito, un plan de pensiones, etc. Estoy contento con sus servicios y me gustaría que entre ambos llegásemos a un acuerdo de forma amistosa, sin tener que plantarme reclamar junto a ADICAE o AUSBANC. Esperando su oferta, reciban un saludo." El defensor me dijo en resumidas cuentas que ahora el suelo me perjudica, pero que podría llegar el caso que subiese hasta el techo y entonces sería el banco el perjudicado, y que por tanto hay una proporcionalidad entre las clausulas firmadas. Lo he vuelto a intentar con la nueva sentencia de Mayo, a ver que pasa. ¿Alguien en la misma situación o que me pueda aconsejar algo? Gracias |
Administrador
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osotros hemos anulado varias de Activo Bank a través del servicio personalizado de reclamaciones (clausulasuelo.info@gmail.com).
Comentarte también que la reclamación que hiciste no es la más efectiva posible ya que hay que basarla en la falta de transparencia de tu caso concreto. Un saludo |
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