|
Buenas tardes Amelia:
Cuidado con la propuesta que aceptes del Banco sin novar el Contrato ante Notario o en vía judicial. No debes tener temor en presentar una demanda de nulidad de cláusula suelo y devolución de las cantidades satisfechas en exceso desde la firma del contrato de préstamo hipotecario, porque en la mayoría de los casos el juez declara la nulidad y como mínimo te devuelve las cantidades pagadas de más desde mayo de 2013.
No obstante, si resulta de tu interés podemos valorar tu caso y darte una valoración individualizada. Soy abogada en un importante despacho en Barcelona, con experiencia en Derecho mercantil y de contratación de productos financieros y bancarios. Tenemos muchas demanda en curso. Mi correo electrónico es: m.cabrera@icab.cat.
Ten en cuenta que si el banco deja de aplicar la cláusula suelo por iniciativa propia, sin firmar una novación de Contrato, ante Notario o el juez, esto no te garantiza que en el futuro vuelva a aplicar el suelo y quizás ya no tengas tiempo de presentar la demanda, porque haya prescrito el plazo que tenías para ejercitar el derecho.
Saludos,
Maria Cabrera
|