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Buenas tardes, tras reclamar al Banco Popular por una cláusula suelo del 3,250% en una hipoteca firmada en 2006, y sin haber firmado oferta vinculante previa. Lo hice al Servicio de Atención al Cliente del Banco a mediados de enero de 2014 y hoy me han ofrecido firmar el documento que les transcribo a continuación:
"Por medio del presente escrito, teniendo en cuenta la evolución de los tipos de interés y en virtud de las negociaciones mantenidas con su entidad, les solicito formalmente que quede sin efecto de forma temporal, a partir de las próximas liquidaciones de interés que se sucedan, el "límite a la variación del tipo de interés aplicable", pactado en el apartado 3.3 de mi escritura de préstamos hipotecario nº ...... suscrita en fecha xx/xx/2006.
Esta suspensión será efectiva exclusivamente para el período comprendido entre xx/02/2014 y xx/02/2017.
En el supuesto de que tengan por conveniente atender mi petición, me comprometo a renunciar a cuantas reclamaciones judiciales o extrajudiciales tenga planteadas en este momento por el mismo asunto ante su entidad o ante cualquier institución u organismo, y a no plantear nuevas reclamaciones en relación con el mencionado pacto mientras se encuentre en vigor el actual.
Asimismo, ruego a ustedes la devolución de un duplicado de esta carta firmado por apoderado bastante, como acuse de recibo y aceptación de los términos de mi solicitud."
Qué opinión les merece? Me interesa aceptar las condiciones? Yo quiero reclamar en un futuro por las cantidades pagadas de más, pero no sé si podría hacerlo una vez firmado el documento.
Saludos,
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