oferta vinculante

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oferta vinculante

isabel
Buenos días,
yo hice una hipoteca con la antigua Caja Rioja, actualmente Bankia.
He solicitado copia de la oferta vinculante porque no se si se hizo o no y me contestan que al ser una subrogación de un préstamo promotor y haberse realizado con Caja Rioja, que no tienen constancia de ese documento y que no puedes saber si existe o no.
Mi hipoteca se firmo enero de 2008 y fue una subrogación con novación, ¿se debería haber hecho?
Gracias
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Re: oferta vinculante

Cláusula suelo
Administrador
Al existir novación si deberían habértela hecho.

Un saludo
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Re: oferta vinculante

isabel
Gracias por vuestra contestación.
¿Cómo puedo exigir que me den una copia o que admitan que no se hizo?
Deberían facilitármela, no? Ellos alegan que como ahora no son Caja Rioja, si no Bankia, que no tienen constancia ¿deberían tenerla si se hizo, no?

Gracias
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Re: oferta vinculante

Cláusula suelo
Administrador
Hola,

Lo más normal es que no exista ya que muchas veces los bancos no la hacen en las novaciones. No puedes exigir que te admitan que no se hizo pero puedes reclamar perfectamente aunque no lo admitan ya que son ellos los que deben aportar dicha oferta vinculante en especial cuando reclames en segunda instancia al Banco de España.

Un saludo
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Re: oferta vinculante

isabel
hola de nuevo y perdón por insistir,

Hoy me ha comunicado un abogado que al ser una subrogación de un promotor, exista o no novación, no es obligatoria oferta vinculante. Que un juez me puede llegar a decir que la clausula era transparente, que era el promotor el que me tenia que haber informado y no el banco. Y que así aparece en la sentencia del supremo, que en caso de subrogación de promotor no se puede alegar falta de transparencia.

Me podéis sacar de este lio, por favor

Gracias de nuevo
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Re: oferta vinculante

Cláusula suelo
Administrador
Hola,

En un juicio está claro que puedes ganar o perder ya que se examinan más cosas, a parte de la existencia o no de novación y de oferta vinculante. Nosotros seguimos al respecto el criterio del Banco de España que establece que cuando hay novación de condiciones debe entregarse información precontractual de las condiciones, es decir oferta vinculante o análogo. Eso no quiere decir que haya una disposición que directamente lo diga pero es el criterio de transparencia que establece el Banco de España a través de su servicio de reclamaciones. De hecho la única disposición aplicable directamente(si es una hipoteca anterior al 2012) es la OM del 5 de mayo de 1994, pero nuestro criterio de la transparencia no sólo se basa en ella sinó que se matiza con la Ley 41/2007, el criterio del Banco de España y la STS del 9 de mayo. Así estamos consiguiendo eliminar el 70% de las cláusulas suelo sin ni si quiera tener demandar.

Respecto a una demanda, no debes creer que porque no te dieran oferta vinculante te aseguras ganar el juicio y porque te la dieran pierdes porque las demandas sobre cláusulas suelo no funcionan así.  De todas maneras este tipo de demandas se ganan en un 90% de los casos así que hay bastantes posibilidades de eliminarla.

Un saludo