Re: ¿Tengo Techo?

Posted by Juan Jesus on
URL: http://foroclausulasuelo.com/Tengo-Techo-tp1025p1037.html

Segun tengo entendido y he leido por varios sitios:

A efectos meramente hipotecarios el tipo máximo de interés a aplicar será el X.XXX% anual
 
Eso significa lo siguiente:
 
Es el techo en caso de ejecución hipotecaria.
 
Pero para nada es el techo del préstamo como tal. Si no hay nada clausulado, es que tu préstamo no tiene techo.
 
Es decir:
 
Es el tipo de interés máximo que el banco puede "atacar" contra la casa, para que otro embargo supiera de lo que responde la finca .... pero como una hipoteca son dos operaciones, una préstamo personal (con garantía personal ilimitada) y la otra operación es la hipoteca, hay que limitar esta segunda.
 
Un ejemplo uno abre la hipoteca y no paga ni un solo recibo, pues contra la casa solo pueden calcular este X,XXX% en cuanto a intereses ordinarios, pero si el tipo sube al (X,XXX% + Y,YYY%), la casa responde por este X,XXX% y tu personalmente con todos tus bienes del resto (Y,YYY%)
 
Y por lo que he visto por el foro el Popular mete siempre esa frasecita (no sé si otros también lo hacen), supongo para "despistar" y que pensemos que tenemos techo (de ahí que no sea tan alto como otros, claro no es el techo).
 
Así que revisad vuestras escrituras y si pone la frase:
 A efectos meramente hipotecarios el tipo máximo de interés a aplicar será el X.XXX% anual
 

ES QUE NO TENÉIS TECHO! y por tanto vuestro SUELO ES MÁS ABUSIVO, si cabe!