Re: Clausula suelo Banca march
Posted by Cláusula suelo on
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El director te engañó, justamente es obligatoria por importes menores o iguales a 150000 euros (cuando no sea una subrogación) de acuerdo a la Orden Ministerial del 5 de Mayo de 1994.
Dicha Orden Ministerial establece claramente:
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
1. La presente Orden será de aplicación obligatoria a la actividad de las entidades de crédito relacionadas con la concesión de préstamos
con garantía hipotecaria, cuando concurran simultáneamente las siguientes circunstancias:
1. Que se trate de un préstamo hipotecario y la hipoteca recaiga sobre una vivienda.
2. Que el prestatario sea persona física.
3. Que el importe del préstamo solicitado sea igual o inferior a 25 millones de pesetas, o su equivalente en divisas
Si quieres te podemos facilitarte la Orden Ministerial para que se la lleves impresa.
De cualquier forma te recomendamos que presentes una reclamación porque parece que tu director o está mal informado o te está intentando engañar
Saludos