Banco/
Caja Penedés /BMN
Oficina
0097
A/Att.
Dpto.
Atención Cliente Caixa Penedés-BMN
En , a de de 201
Distinguido Sr/a Dpto.
Atención Cliente Caixa Penedés-BMN
Me dirijo a usted
como titular del préstamo hipotecario reflejado en el recibo anexo a esta carta
para hacerles saber algunas anomalías detectadas en dicho préstamo debido a la
información creciente recibida sobre las denominadas “cláusulas suelo”, es por
ello que EXPONGO:
Que visto en
periódicos, noticias y demás elementos públicos que debido a la bajada del
EURIBOR (índice de referencia de mi hipoteca) se estaban bajando enormemente
las cuotas hipotecarías y que en mi caso no era así, e informándome, debido a
mi nulo conocimiento del funcionamiento de las entidades financieras, de la
documentación necesaria para verificar si mi hipoteca contenía algún tipo de cláusula,
revisé toda la documentación que poseía para verificar el por qué mi entidad no
procedía a realizarme dichas bajadas, viendo que existía una falta de
información y/o documentación ya que ni se me notificó en ningún momento ni por
parte de la Entidad ni por parte del Notario que mi contrato hipotecario
estuviese sujeto a dichas clausulas, prueba de ello es que en ningún momento
durante el proceso de la Escritura de Compra-Venta del Inmueble recibí ni
información ni la COPIA SIMPLE del Contrato Hipotecario por parte del Notario
ni la Copia de la Oferta Vinculante por parte de la Entidad, por lo que
desconozco si fue realizada y aplicada dicha Oferta Vinculante según el BOE-A-1994-10577. Orden del 5 de Mayo de 1994
sobre transparencia de las condiciones financieras de los préstamos
hipotecarios, asimismo dicha cláusula no aparece tampoco reflejada en la
Escritura de Compra-Venta realizada, único documento leído y verificado por
parte del Notario en nuestra presencia del cual si dispongo de Original y Copia
Simple entregada por la Notaria el mismo día de la firma.
Ante la imposibilidad
de confirmar con la documentación que obra en mi poder que pudiese existir una
cláusula que modificara de manera sustancial la información recibida en su día
por parte de la entidad de EUROMIBOR+1, contacto telefónicamente con mi Oficina
la cual me confirma que en mi contrato hipotecario suscrito con Caixa Penedés la entidad ha incorporado una cláusula de
límite mínimo a la variación del tipo de interés aplicable, estableciendo un
interés nominal anual mínimo del 3 por ciento. A efectos de facilitarles una
completa y más rápida identificación, acompaño fotocopia de un recibo de dicho
préstamo en el Anexo a esta carta.
A este respecto,
indicarles que la mencionada cláusula, coloquialmente conocida como “cláusula
suelo”, comporta un desequilibrio contractual importante que desvirtúa la
esencia misma del contrato de préstamo a interés variable suscrito con su
Entidad, que no es otra que el tipo de interés varíe en función de las
fluctuaciones del mercado conforme al índice pactado y expuesto anteriormente,
por lo que considero que dicha cláusula va en perjuicio de mis intereses como
consumidor y cliente de esta entidad.
Por todo lo
expuesto, y dado que lamentablemente Caixa Penedés decidió incorporar en mi
contrato de préstamo esta cláusula de límite mínimo de tipo de interés, por
medio del presente escrito, LES REQUIERO:
PRIMERO.- La
inmediata inaplicación de la cláusula de limitación mínima de la variación del
tipo de interés de mi contrato de préstamo/crédito (cláusula suelo), así como
de existir la limitación máxima de la variación del tipo de interés de mi
contrato de préstamo/crédito (cláusula techo), al objeto de que la próxima
cuota a satisfacer se calcule conforme al índice de referencia pactado, vigente
a la fecha pactada, y con el margen diferencial pactado.
SEGUNDO.- El
recalculo de las cuotas satisfechas en el préstamo, así como de las
aportaciones parciales realizadas desde la fecha de la primera revisión hasta
la última cuota abonada, aplicando el tipo de interés de referencia pactado en
cada momento y el diferencial pactado. Acto seguido, procedan a abonar en mi
cuenta (la misma en la que está domiciliado el abono del préstamo) el importe
resultante de la diferencia entre la cantidad abonada por mí conforme a esa
cláusula de límite mínimo de tipo de interés y la que realmente hubiera debido
abonar sin esa barrera.
TERCERO.- Si pasados
30 días desde la recepción de la presente no obtengo respuesta en contrario por
escrito suficientemente razonada, se entenderá que han aceptado la propuesta de
inaplicación de la cláusula de suelo, lo que deberá reflejarse en el importe de
la próxima cuota, y la devolución de las cantidades indebidamente cobradas que
deberán hacerse efectivas sin demora en mi cuenta. En caso de denegarme la
legítima petición que formulo a través del presente escrito, me reservo
expresamente el ejercicio de las acciones extrajudiciales o judiciales que me
correspondan, bien individualmente bien a través de las acciones colectivas que
en su caso se ejerciten, y que conllevarán además la solicitud de una
indemnización por los daños y perjuicios causados.
Sin otro particular,
y a la espera de una respuesta por su parte que confío sea favorable a las
pretensiones formuladas -en aras a resolver este contencioso por la vía
amistosa, sin acudir a otras vías-, reciba un cordial saludo.
Nombre y domicilio Recibido
y conforme (sello de la entidad)
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