Hola a todos, queria saber si en un contrato de novacion de condiciones complementario a mi escritura publica de prestamo hipotecario que ya tenia con cajamar, es o no obligatorio que se me hubiese dado oferta vinculante ?
Por otro lado, sirve de algo reclamar al Banco de España si lo que dice no es vinculante para la entidad bancaria y tampoco la sancionan por incumplir la ley de transparencia?? Muchas gracias y animo a todos. Yo tambien soy uno de los afectados por dicha clausula suelo y por el engaño de Cajamar. Si os asociais para reclamar avisarme. |
Administrador
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Buenas tardes,
Si la novación es posterior a Diciembre de 2007 sí es obligatoria facilitarla (de acuerdo a la Ley 41/2007) y así lo refleja la memoria anual del Servicio de Reclamaciones del Banco de España. Sobre la utilidad de reclamar al Banco de España es porque si bien es cierto que no es vinculante podemos intentar presionar al Banco con un informe favorable del Banco de España. Además ahora con la sentencia del Supremo que declara nulas las cláusula suelo cuando hay falta de transparencia, un informe del Banco de España es un elemento mucho más valioso ya que justamente evalúa la transparencia de la operación. Además comentarte que justamente Cajamar ha sido condenado por el Supremo a eliminar las cláusula suelo cuando haya falta de transparencia (el 99% de los casos) por lo que no debes tener problemas para que te la eliminen si pones una nueva reclamación. De hecho el día 5 de Junio el presidente de Cajamar comparecerá en el Congreso para explicar como van a cumplir la sentencia del Supremo en las cláusulas suelo existentes. Saludos |
Hola, buenas noches. Antes de nada, dar las gracias por la rapida respuesta a mi pregunta.
Decir que mi novacion del prestamo es de marzo de 2009, por lo que entiendo que si que es obligatoria la oferta vinculante. En principio no la tengo, digo en principio, porque creia que no tenia la oferta vinculante de la hipoteca y por arte de magia me la sacaron. Documento que firme sin leer un dia antes de la firma de la escritura(IMPORTANTIIIIISIMO, NO FIRMEIS NADA SIN LEER). Por ello he reclamado al servicio de antencion del cliente de cajamar. Mi reclamacion por escrito fue presentada el 2 de abril de 20013. Y hoy dia 3 de junio no me han contestado. En ella alego, que firme la oferta un dia antes a la escritura y que en la oferta existen discrepancias con la escritura. En la escritura se establece la disminucion del diferencial a aplicar al euribor de 0.75 a 0.5 % a partir del primer año si domicilio nomina y si soy socio de la caja. Y dicha vinculacion no se ve reflejada en la oferta vinculante. Decir que la escritura la firme el 13 de diciembre de 2005 y que esas condiciones de vinculacion ya las cumplia desde el principio. Lo alucinante es que mi interes inicial era 2.95 y mi suelo 2.90 y techo 15(vamos, que reciprocidad absoluta y clausula no impuesta y engañado totalmente en la firma de escritura porque ya no me podia negar a firmar la escritura por necesidades familiares). Resulta, que en abril de 2009 y ya cansado de ir a la sucursal para que me quitasen la clausula, me dicen que todo lo que pone en la escritura se cumple. Y yo dije que no, porque la disminucion del diferencial por vinculacion no. Rapido y corriendo hicieron un contrato de novacion al ver que tenia razon ( sin darme oferta vinculante). Mira que me lio, lo que digo es que a la espera de que me contesten, es suficiente alegar esa falta de trasparencia y que la oferta vinculante no incluye esa clausula de vinculacion. Es obligatoria poner en la oferta vinculante que ofrece el banco las clausulas por vinculacion? No entendi muy bien, dices que si no me da la razon el SAT de cajamar, reclame al Banco de España y si el me dice que actuaron mal, con falta de transparencia, vuelva a poner reclamacion al SAT de cajamar incluyendo respuesta, o ir ya directo a via judicial. Por cierto, perdona mi atrevimiento, pero no he leido o se bien, si como administrador del foro eres abogado especializado en temas hipotecarios?? Muchas gracias de nuevo!! |
Administrador
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Te comento lo que te hemos dicho antes sobre la reclamación al Banco de España, el informe que emite el Banco de España no es vinculante, es decir que la entidad no está obligada a cumplirla sin embargo antes de ir por la vía judicial es deseable intentar que la cumplan, para conseguir eso puedes presentar el informe del Banco de España favorable a tu entidad y hacer un escrito exponiendo que si no te eliminan la cláusula suelo te verás obligado a presentar la demanda judicial. Esto no siempre funciona pero en determinados casos está dando buenos resultados. Además ahora con la sentencia del Supremo debe dar mejores resultados aún.
Respecto a si somos abogados especializados en temas hipotecarios, comentarte que el equipo de clausulasuelo.info es un equipo multidisciplinar, contamos con un abogado experto en derecho mercantil que nos asesora, un licenciado en económicas y un ingeniero informático. Además contamos con colaboraciones con diferentes bufetes de abogados en diferentes puntos de España para los casos en los que hace falta presentar una demanda judicial. Nosotros sin embargo siempre recomendamos la vía extrajudicial para empezar pues es un camino más rápido y barato aunque no siempre termine con éxito. Saludos |
Hola!
Buenos dias! Muchas gracias por responder tan pronto. Me queda una duda respecto a si es obligatorio que en la oferta vinculante se incluya o no la clausula de vinculacion por la que se disminuye el diferencial a aplicar al euribor de 0.75 a 0.50 si domicilio nomina y soy socio de la entidad?? En mi caso, como ya comente, no lo pone y si en la escritura. Por ello alego, que existen discrepancias entre la oferta y la escritura. Muchas gracias de nuevo! |
Administrador
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Buenos días,
Deberían estar incluidas las bonificaciones por vinculación pues afectan al margen del tipo de interés, y dicho margen de tipo de interés debe quedar reflejado en la oferta vinculante de manera clara y comprensible para el cliente. Sin embargo un comentario al respecto, esta discrepancia no influye directamente a la cláusula suelo. Saludos |
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