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Buenos días,
Firme hipoteca en cajamar en 2004 a 15 años, unos 166.600€ al 2,80% de interés, Euribor +1,5, siendo 1 punto bonificable si cumplias x condiciones, con un minimo del 2,75% y un máximo de 15%.
Bien, en principio cumplia todos los condicionantes X y bien, un año me quede sin nomina que era de ese punto bonificable, medio, y en la revisión anual me chupe Euribor+1, lo que me sento fatal. El año siguiente viendo que seguía sin nomina y que no quería seguir aportando a un plan de pensiones ( otro condicionante) decidi hablar con el banco para que me quitaran dichos X y la tuviera a Euribor+ 0,5 sin mas. En ese momento podía hacer algo de fuerza y amenazando que me llevaba todas las cuentas personales, de empresa y familiares, consegui que me hicieran caso.
Para no ir a notaria, en Junio del 2007 firme una "POLIZA INTERVENIDA COMPLEMENTARIA DEL CONTRATO DE PRESTAMO MERCANTIL CON GARANTIA HIPOTECARIA NUM ......" en la que se pactan las condiciones del 0,5, apareciendo en un párrafo en negrita redactado tal cual expongo " en las revisiones de tipo de interés nominal resultante aplicable al préstamo no será superior al 15% anual, salvo que resulte de aplicar por penalización por demora, ni inferior al 2,75% nominal".
¿¿¿Sigo con esto pudiendo reclamar el cese de mi suelo???
Entiendo que si pues esta mas o menos redactado igual que en la escritura... Ojala sea asi...
Otra preguntita, ¿¿tiene algo que ver a la hora de reclamar suelo que la hipoteca sea sobre la vivienda habitual o sobre otro inmueble??
Espero ansiosa la respuesta, gracias.
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