Administrador
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Buenos días,
Como no tenemos la escritura no podemos decirte mucho al respecto ya que no nos queda muy claro lo que nos comentas pues no vemos la redacción de "Tipo de interés de la cobertura". ¿Tienes cláusula techo o no?
En cualquier caso lo que reclamas, no te olvides, es la eliminación de la cláusula suelo y esa por lo que dices sí que está establecida de acuerdo a la OM de 1994. Sin embargo para poder decirte más habría que revisar toda la documentación aunque a priori no acabamos de ver que la reclamación que estás preparando sea la más adecuada para conseguir la eliminación. Parece que tu argumento es este:
Y en nuestro caso, tanto en la oferta vinculante como en las escrituras ante notario, no aparecen conjuntamente los límites máximos y mínimos a la variación del tipo de interés aplicable al préstamo, ni fuimos informados del valor del límite máximo como para poder comprobar de forma clara, concreta y comprensible, la falta de reciprocidad entre ambas.
Sobre esto varios comentarios:
-La cláusula techo no es obligatoria, hay algunos bancos como el Popular que no tienen. La falta dec reciprocidad se usa sobretodo para demostrar que es una cláusula impuesta por el banco que no fue negociada. Este argumento es sobretodo a nivel judicial. Para reclamaciones se puede usar perfectamente pero sólo por este motivo no anularás la cláusula suelo reclamando ya que el Servicio de Atención del propio Banco obviamente no establecerá que sus cláusula suelo son abusivas.
-Parece que estás fijando las irregularidades en la cláusula techo y lo que debes centrarte en primera instancia es en la cláusula suelo, de como está redactada, de si fuiste consciente de que existía, si fuiste informado correctamente previamente con la oferta vinculante, si fue dada con antelación, si la leiste completamente, si queda establecida claramente en la escritura, si te dijero que era posible llegar a ese valor, si te explicaron sus implicaciones, etc...
Un saludo
Un saludo
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