subrogación+novacion CAI

classic Clásica list Lista threaded En Árbol
3 mensajes Opciones
Responder | En Árbol
Abrir este mensaje con la vista en árbol
|

subrogación+novacion CAI

ramon
Hola,
en abril de 2008 firmé contrato de compraventa, subrogación SIN novación (en el notario con el antiguo dueño) por 240000€, y a su vez, terminada esta escritura, el mismo día y el mismo notario, firmé también la NOVACION con CAI (ahora Ibercaja-Caja3) con el representante de la caja, donde dice “la Caja ha ofrecido al prestatario los instrumentos de cobertura de riesgo de incremento de tipo de interés de los que actualmente dispone, habiendo optado el prestatario por contratar un instrumento de cobertura consistente en el establecimiento de límites de variabilidad del tipo de interés remuneratorio acordado en la siguiente escritura. A estos efectos, se fija el tipo de interés máximo en el 9,50% nominal anual y el tipo de interés mínimo en le 4% nominal anual”.
En ningún momento opté por contratarlo, fue totalmente impuesto.

Dos preguntas:
¿puede ser este motivo suficiente para recurrir con probabilidades de ganar?

NO tengo oferta vinculante, y el banco me dice que no era necesaria. ¿Es correcta esta afirmación?
Gracias
Responder | En Árbol
Abrir este mensaje con la vista en árbol
|

Re: subrogación+novacion CAI

Cláusula suelo
Administrador
Hola,

Judicialmente sí se puede anular sin problema. Aquí tienes la información sobre la demanda judicial:

http://www.clausulasuelo.info/2014/02/demanda-judicial-eliminar-clausula-suelo.html

A nivel de reclamación extrajudicial con tu banco y caso será un poco complicado aunque al haber novación deberían haberte informado previamente de manera adecuada.

Un saludo
Responder | En Árbol
Abrir este mensaje con la vista en árbol
|

Re: subrogación+novacion CAI

Alguera
En respuesta a este mensaje publicado por ramon
Hola Ramón,

No sé cómo estará su caso pero según la ley, en esa fecha si tu novación fue por menos de 150.000€, era obligatorio que te diesen una oferta vinculante (aunque te hubieses subrogado también).

Si no has reclamado al Servicio de Atención al Cliente hazlo por escrito, aunque la CAI se está haciendo de rogar y no quieren quitarlas, pero al menos queda constancia de que te has quejado e igual te ofrecen una rebaja en el suelo, que según como vayas de apurado te puede ayudar.

Desde luego la vía más efectiva es la reclamación judicial, tendrías las de ganar porque no se cumplieron los requisitos de transparencia según la sentencia del Tribunal Supremo del 2013.

También puedes presentar una reclamación al Banco de España si desde la CAI te contestan con un no a quitarte la cláusula. Muchos bancos hacen caso al Banco de España, pero la CAI no, aunque si decides ir al juicio, tener la resolución del Banco de España a tu favor desde luego que te ayudaría.

Saludos.